Ha habido problemas con una
ciclovía construida en la avenida Marcelino García Barragán. Los vecinos de
algunas colonias como Olímpica han bloqueado la calle exigiendo que sea
desmontada la obra. Se trata de un proyecto del gobierno del estado. El
gobernador Aristóteles Sandoval asumió la agenda del ciclismo urbano. Y en esto
ha concordado con las autoridades municipales de la Zona Metropolitana de
Guadalajara, comenzando con la encabezada por Enrique Alfaro.
A pesar de eso, el Instituto
Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) admitió una solicitud
para realizad una consulta pública sobre la ciclovía. Se realizará este domingo
9 de julio.
Muchos entusiastas y activistas
del ciclismo han respondido con indignación. Consideran que la consulta
violenta sus derechos, constitucionales y humanos. El colectivo "GDL en
bici" presentó una queja formal contra el IEPC ante la Comisión Estatal de
Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) por la realización de la consulta. Este
grupo argumenta, entre otras cosas, que se contraviene lo estipulado en el
artículo 4° de la Constitución Política del Estado de Jalisco. Se dicen
"discriminados".
El mismo gobernador Aristóteles
Sandoval ha adelantado que, independientemente de los resultados de la
consulta, la ciclovía continuará. Él aduce "derechos de los
ciclistas".
El tema es confuso. ¿Hay derechos
de los ciclistas? ¿Esos derechos están consagrados como parte de los Derechos
Humanos o de los que otorga la Constitución? ¿Cuáles son?
El diputado local Alejandro
Hermosillo, que forma parte de la bancada de Movimiento Ciudadano, ha declarado
que las ciclovías son un derecho tanto constitucional como humano. Envió dos
iniciativas de reforma: 1) al artículo 387 del Código Electoral y de
Participación Ciudadana, para que, antes de que el IEPC acepte realizar una
consulta popular, cuente con el visto bueno de la CEDHJ y así garantizar que no
se violenten derechos humanos. Y 2) a la Constitución Política del Estado de
Jalisco, para que incluya el derecho a la movilidad como un derecho humano.
Las propuestas del diputado
Hermosillo revelan lo erróneo de su propio discurso. Él arguye que la ciclovía
un derecho humano, pero a la vez propone que ese derecho humano se establezca
en la Constitución, con lo que reconoce tácitamente que no existe todavía en la
letra. Él quisiera que la movilidad fuera un derecho consagrado y entonces
habría podido rechazarse la consulta, con la reforma que propone al artículo
387 del Código Electoral. La CEDHJ habría rechazado la consulta por contravenir
un derecho humano consagrado en la Constitución del estado. Pero eso no existe
todavía.
Por supuesto, Hermosillo y los
ciclistas pueden suponer, en una especie de iusnaturalismo, que el derecho a la
movilidad es un Derecho Humano, aunque no exista en las leyes. Pero si no está
asentado en ellas, no opera para efectos prácticos.
Ahora bien, hay una ambigüedad en
"derecho a la movilidad". Así en general, cualquiera podría aceptar
que una persona debería tener derecho a trasladarse a moverse, tal y como lo
consagra, por ejemplo, el artículo 13 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a circular libremente y a
elegir su residencia en el territorio de un Estado". Pero, hasta donde se
sabe, no existe el Derecho Humano a trasladarse EN BICICLETA Y EN UNA CICLOVÍA.
Además, hay que tomar en cuenta
que una ciclovía podría, en este mismo discurso, violentar los derechos de
movilidad o de otro tipo, de algunas personas. Es de lo que se quejan,
precisamente, los manifestantes contra la ciclovía. ¿Cómo decidir aquí?
Algún quejoso podría decir, por
ejemplo, que así como los ciclistas arguyen un "derecho humano" para
tener una ciclovía, él tiene el derecho humano a un camellón, una línea de
macrobús, una pista para correr, para automóviles, que no le estorben a los
autobuses, a los taxis, que también sirven para la "movilidad". ¿Por
qué privilegiar la bicicleta? No, no puede haber un "derecho humano"
a moverse en bicicleta en una ciclovía. Derecho a la movilidad tal vez, la
cuestión es el tipo de movilidad.
Más allá de los Derechos Humanos,
lo que están defendiendo las organizaciones de ciclistas es su propia visión de
la movilidad, que puede no ser compartida por la mayoría de la gente. Y eso lo
saben, por eso se oponen a la consulta: si se realiza, se fijaría un precedente para otras obras de este tipo. Lo que ellos
quisieran es elevar las ciclovías a un "derecho humano" para no verse
obstaculizados en su construcción.
Eso es peligroso. Pues se les
daría toda la libertad para construir ciclovías en cualquier lugar, con la
oposición o no de los que vivan o trabajan o tengan negocios o se vean o se
sientan afectados. Ya hay algunos ejemplos en los que se aprecia que la
ciclovía puede entorpecer el movimiento de autobuses urbanos.
En Avenida La Paz en ciertas
horas uno puede ir en camión lleno y observar desde la ventanilla la ciclovía
vacía. Los autobuses no pueden invadirla. Y nadie podría forzar a toda la gente
a usar la bicicleta. Hay gente para la que no es una opción. La ciclovía, hay
que decirlo, no es para todos, ni para todo lugar ni para cualquier tiempo.
Elevar las ciclovías a Derechos
Humanos resulta casi una intentona autoritaria para imponerlas sobre todos,
gusten o no gusten de las bicicletas, las usen o no, las puedan usar o no o les
estorben o no las ciclovías.
Los Derechos Humanos no se pueden
utilizar, manipular, ni trivializar de esta forma. Son algo demasiado serio. Las trampas
retóricas de "derecho humano a la movilidad" para traducirlo a
"derecho humano a circular por ciclovía en la avenida Marcelino García
Barragán" no sólo son absurdas sino reveladoras del crecimiento en poder e
influencia de grupos y sus discursos en los asuntos públicos.
Desde la izquierda, alguien quizá
debería acordarse de otros Derechos Humanos, éstos sí reales, y muy
importantes, por ejemplo, los del artículo 23 de la Declaración Universal:
"Toda persona tiene derecho
al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y
satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo".
"Toda persona que trabaja
tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure,
así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será
completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección
social".
O los del 25:
"Toda persona tiene derecho
a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y
el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la
asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a
los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros
casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias
independientes de su voluntad".
Y los del 27:
"Toda persona tiene derecho a
tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las
artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él
resulten".
Si revisamos uno a uno los
Derechos Humanos, quizá nos daríamos cuenta que tenemos problemas en casi todos
ellos. No es que se minusvalore el uso de la bicicleta o de las ciclovías, es
simplemente decir que los activistas del ciclismo deberían pensar antes de
hablar y, si se van a referir a los Derechos Humanos, conocer primero los que
ya existen y están consagrados antes de inventar unos a modo para mantener y
extender sus posiciones en los debates públicos.
A veces parece que les duelen más
los "derechos humanos" que ellos imaginan que los Derechos Humanos
explícitos y violentados todos los días y a todas horas.
Y después de la sobreexagerada redacción y el cantinfleo, que sigue?
ResponderEliminarQuizá alguna respuesta con argumentos.
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