miércoles, 5 de julio de 2017

Las ciclovías, las consultas ciudadanas y los Derechos Humanos.



Ha habido problemas con una ciclovía construida en la avenida Marcelino García Barragán. Los vecinos de algunas colonias como Olímpica han bloqueado la calle exigiendo que sea desmontada la obra. Se trata de un proyecto del gobierno del estado. El gobernador Aristóteles Sandoval asumió la agenda del ciclismo urbano. Y en esto ha concordado con las autoridades municipales de la Zona Metropolitana de Guadalajara, comenzando con la encabezada por Enrique Alfaro.

A pesar de eso, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) admitió una solicitud para realizad una consulta pública sobre la ciclovía. Se realizará este domingo 9 de julio.
Muchos entusiastas y activistas del ciclismo han respondido con indignación. Consideran que la consulta violenta sus derechos, constitucionales y humanos. El colectivo "GDL en bici" presentó una queja formal contra el IEPC ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) por la realización de la consulta. Este grupo argumenta, entre otras cosas, que se contraviene lo estipulado en el artículo 4° de la Constitución Política del Estado de Jalisco. Se dicen "discriminados".

El mismo gobernador Aristóteles Sandoval ha adelantado que, independientemente de los resultados de la consulta, la ciclovía continuará. Él aduce "derechos de los ciclistas".

El tema es confuso. ¿Hay derechos de los ciclistas? ¿Esos derechos están consagrados como parte de los Derechos Humanos o de los que otorga la Constitución? ¿Cuáles son?

El diputado local Alejandro Hermosillo, que forma parte de la bancada de Movimiento Ciudadano, ha declarado que las ciclovías son un derecho tanto constitucional como humano. Envió dos iniciativas de reforma: 1) al artículo 387 del Código Electoral y de Participación Ciudadana, para que, antes de que el IEPC acepte realizar una consulta popular, cuente con el visto bueno de la CEDHJ y así garantizar que no se violenten derechos humanos. Y 2) a la Constitución Política del Estado de Jalisco, para que incluya el derecho a la movilidad como un derecho humano.

Las propuestas del diputado Hermosillo revelan lo erróneo de su propio discurso. Él arguye que la ciclovía un derecho humano, pero a la vez propone que ese derecho humano se establezca en la Constitución, con lo que reconoce tácitamente que no existe todavía en la letra. Él quisiera que la movilidad fuera un derecho consagrado y entonces habría podido rechazarse la consulta, con la reforma que propone al artículo 387 del Código Electoral. La CEDHJ habría rechazado la consulta por contravenir un derecho humano consagrado en la Constitución del estado. Pero eso no existe todavía.

Por supuesto, Hermosillo y los ciclistas pueden suponer, en una especie de iusnaturalismo, que el derecho a la movilidad es un Derecho Humano, aunque no exista en las leyes. Pero si no está asentado en ellas, no opera para efectos prácticos.

Ahora bien, hay una ambigüedad en "derecho a la movilidad". Así en general, cualquiera podría aceptar que una persona debería tener derecho a trasladarse a moverse, tal y como lo consagra, por ejemplo, el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado". Pero, hasta donde se sabe, no existe el Derecho Humano a trasladarse EN BICICLETA Y EN UNA CICLOVÍA.

Además, hay que tomar en cuenta que una ciclovía podría, en este mismo discurso, violentar los derechos de movilidad o de otro tipo, de algunas personas. Es de lo que se quejan, precisamente, los manifestantes contra la ciclovía. ¿Cómo decidir aquí?

Algún quejoso podría decir, por ejemplo, que así como los ciclistas arguyen un "derecho humano" para tener una ciclovía, él tiene el derecho humano a un camellón, una línea de macrobús, una pista para correr, para automóviles, que no le estorben a los autobuses, a los taxis, que también sirven para la "movilidad". ¿Por qué privilegiar la bicicleta? No, no puede haber un "derecho humano" a moverse en bicicleta en una ciclovía. Derecho a la movilidad tal vez, la cuestión es el tipo de movilidad.

Más allá de los Derechos Humanos, lo que están defendiendo las organizaciones de ciclistas es su propia visión de la movilidad, que puede no ser compartida por la mayoría de la gente. Y eso lo saben, por eso se oponen a la consulta: si se realiza, se fijaría un precedente para otras obras de este tipo. Lo que ellos quisieran es elevar las ciclovías a un "derecho humano" para no verse obstaculizados en su construcción.

Eso es peligroso. Pues se les daría toda la libertad para construir ciclovías en cualquier lugar, con la oposición o no de los que vivan o trabajan o tengan negocios o se vean o se sientan afectados. Ya hay algunos ejemplos en los que se aprecia que la ciclovía puede entorpecer el movimiento de autobuses urbanos.

En Avenida La Paz en ciertas horas uno puede ir en camión lleno y observar desde la ventanilla la ciclovía vacía. Los autobuses no pueden invadirla. Y nadie podría forzar a toda la gente a usar la bicicleta. Hay gente para la que no es una opción. La ciclovía, hay que decirlo, no es para todos, ni para todo lugar ni para cualquier tiempo.

Elevar las ciclovías a Derechos Humanos resulta casi una intentona autoritaria para imponerlas sobre todos, gusten o no gusten de las bicicletas, las usen o no, las puedan usar o no o les estorben o no las ciclovías.

Los Derechos Humanos no se pueden utilizar, manipular, ni trivializar de esta forma. Son algo demasiado serio. Las trampas retóricas de "derecho humano a la movilidad" para traducirlo a "derecho humano a circular por ciclovía en la avenida Marcelino García Barragán" no sólo son absurdas sino reveladoras del crecimiento en poder e influencia de grupos y sus discursos en los asuntos públicos.

Desde la izquierda, alguien quizá debería acordarse de otros Derechos Humanos, éstos sí reales, y muy importantes, por ejemplo, los del artículo 23 de la Declaración Universal:

"Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo".

"Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social".

O los del 25:

"Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad".

Y los del 27:

"Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten".

Si revisamos uno a uno los Derechos Humanos, quizá nos daríamos cuenta que tenemos problemas en casi todos ellos. No es que se minusvalore el uso de la bicicleta o de las ciclovías, es simplemente decir que los activistas del ciclismo deberían pensar antes de hablar y, si se van a referir a los Derechos Humanos, conocer primero los que ya existen y están consagrados antes de inventar unos a modo para mantener y extender sus posiciones en los debates públicos.

A veces parece que les duelen más los "derechos humanos" que ellos imaginan que los Derechos Humanos explícitos y violentados todos los días y a todas horas.

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